Código de Comercio Artículo 302 El prospecto a que se refieren los artículos anteriores para la emisión de obligaciones por medio de suscripción pública, se publicará por los administradores y expresará:

1. El nombre, objeto y domicilio de la compañía.

2. El capital social.

3. La fecha de la escritura constitutiva y de las que hayan introducido alguna alteración en la misma y en los estatutos y la fecha de publicación de una y otros.

4. La situación de la compañía con arreglo al último balance aprobado.

5. El importe total de las obligaciones que se trata de emitir y de las ya emitidas, la manera de hacer los pagos y reembolsos y el valor nominal de cada una, indicando el interés que devengan, y si son nominativas o al portador, y

6. La fecha en que se registró en el Registro de Comercio, y el número respectivo, el acuerdo de la asamblea disponiendo la emisión.

La suscripción de obligaciones se extenderá en uno o más ejemplares del prospecto de la emisión.

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