Código de Comercio Artículo 491: Similitud y Aplicación de Normas Cambiarias
Código de Comercio Artículo 491 Son aplicables al cheque todas las disposiciones acerca de la letra de cambio sobre: El endoso. El aval. La firma de personas incapaces, las firmas falsas o falsificadas. El vencimiento y el pago. El protesto. Las acciones contra el librador y los endosantes. Las letras de cambio extraviadas.
