Código de Comercio Artículo 242 La compañía anónima es administrada por uno o más administradores temporales, revocables, socios o no socios.

Más Artículos de este Titulo

Código de Comercio Artículo 243: Responsabilidad de Administradores

Código de Comercio Artículo 243 Los administradores no responden sino de la ejecución del mandato y de las obligaciones que la Ley les impone, y no contraen por razón de su administración ninguna obligación personal por los negocios de la compañía. No pueden hacer otras operaciones que las expresamente establecidas en el estatuto social; en caso de transgresión, son responsables personalmente,…

Código de Comercio Artículo 244: Depósito de Acciones

Código de Comercio Artículo 244 Los administradores deben depositar en la caja social un número de acciones determinado por los estatutos.Estas acciones quedan afectas en totalidad a garantizar todos los actos de la gestión, aun los exclusivamente personales, a uno de los administradores. Serán inalienables y se marcarán con un sello especial que indique su inalienabilidad. Cuando la cuenta de…


Indice Código de Comercio