Código de Comercio Artículo 1119 En todo lo demás en que no hubiere disposición especial en el presente Título, se observarán las disposiciones establecidas en el Código de Procedimiento Civil .
Código de Comercio Artículo 1109: Sustanciación y Ejecución de Causas
Código de Comercio Artículo 1109 El Tribunal de Primera Instancia sustanciará las causas y ejecutará las sentencias de conformidad con las reglas del Código de Procedimiento Civil y las especiales de este Código.