Reglamento de Impuesto sobre la Renta: Artículo 88
RISLR: Artículo 88: Las base fijas o establecimientos permanentes deberán conservar y mantener a disposición de la Administración Tributaria, los comprobantes de los ingresos obtenidos y de los pagos realizados por este impuesto. Así como, en su caso, de las retenciones e ingresos a cuenta practicados y declaraciones relativas a los mismos. Las distintas deducciones que según la Ley se permitan a…
