COT Artículo 35:
Los sujetos pasivos tienen la obligación de informar a la Administración Tributaria, en un plazo máximo de un (1) mes de producido, los siguientes hechos:Cambio de directores, administradores, razón o denominación social de la entidad;
Cambio del domicilio fiscal;
Cambio de la actividad principal y
Cesación, suspensión o paralización de la actividad económica habitual del contribuyente.
PARÁGRAFO ÚNICO. La omisión de comunicar los datos citados en los numerales 1 y 2 de este artículo, hará que se consideren subsistentes y válidos los datos que se informaron con anterioridad, a los efectos jurídicos tributarios, sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar.