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Artículo 561. Fin de la Investigación. Finalizada la investigación, el o la fiscal del Ministerio Público deberá: a. Ejercer la acción penal pública, presentando acusación, si estima que la investigación proporciona fundamento suficiente;b. Solicitar la suspensión del proceso a…

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Artículo 551. Objeto. La investigación tiene por objeto confirmar o descartar la presunción fundada de la existencia de un hecho punible y determinar, en el primer caso, si un o una adolescente concurrió en su perpetración. Otros artículos relacionadosCódigo Civil Artículo 1186
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