LOPNNA Artículo 465: Poderes del juez o jueza.
Artículo 465. Poderes del juez o juezaEl juez o jueza, a solicitud de parte o de oficio; puede dictar diligencias preliminares, medidas preventivas y decretos de sustanciación que no hubieren sido ya objeto de pronunciamiento en el auto de admisión y que se consideren necesarios…
