LOPNNA Artículo 148: Junta Directiva.
Artículo 148. Junta Directiva. El Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes tendrá una Junta Directiva, integrada por el Presidente o Presidenta del Consejo; cuatro representantes del Alcalde o Alcaldesa y tres representantes elegidos o elegidas por los…