Artículo 93. Deberes de los niños, niñas y adolescentes.
Todos los niños, niñas y adolescentes tienen los siguientes deberes:

a) Honrar a la patria y sus símbolos.
b) Respetar, cumplir y obedecer todas las disposiciones del ordenamiento jurídico y las órdenes legítimas que, en la esfera de sus atribuciones, dicten los órganos del poder público.
c) Respetar los derechos y garantías de las demás personas.
d) Honrar, respetar y obedecer a su padre, madre, representantes o responsables, siempre que sus órdenes no violen sus derechos y garantías o contravengan al ordenamiento jurídico.
e) Ejercer y defender activamente sus derechos.
f) Cumplir sus obligaciones en materia de educación.
g) Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas.
h) Conservar el medio ambiente.
i) Cualquier otro deber que sea establecido en la ley.


Más Articulos de este Título

LOPNNA Artículo 48: Derecho a atención médica de emergencia.

Artículo 48. Derecho a atención médica de emergencia . Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir atención médica de emergencia.Parágrafo Primero. Todos los centros y servicios de salud públicos deben prestar atención médica inmediata a los niños, niñas y…

LOPNNA Artículo 32: Derecho a la integridad personal.

Artículo 32. Derecho a la integridad personal. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende la integridad física, síquica y moral.Parágrafo Primero. Los niños, niñas y adolescentes no pueden ser sometidos a torturas, ni a…

LOPNNA Artículo 55: Derecho a participar en el proceso de educación.

Artículo 55. Derecho a participar en el proceso de educación. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho a ser informados e informadas y a participar activamente en su proceso educativo. El mismo derecho tienen el padre, la madre, representantes o responsables en…

LOPNNA Artículo 89: Derecho a un trato humanitario y digno.

Artículo 89. Derecho a un trato humanitario y digno. Todos los niños, niñas y adolescentes privados o privadas de libertad tienen derecho a ser tratados o tratadas con la humanidad y el respeto que merece su dignidad como personas humanas. Asimismo, gozan de todos los derechos y…

LOPNNA Artículo 17: Derecho a la identificación.

Artículo 17. Derecho a la identificaciónTodos los niños y niñas tienen el derecho a ser identificados o identificadas, inmediatamente después de su nacimiento. A tal efecto, el Estado debe garantizar que los recién nacidos y las recién nacidas sean identificados o identificadas…

LOPNNA Artículo 15: Derecho a la vida.

Artículo 15. Derecho a la vida Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la vida.El Estado debe garantizar este derecho mediante políticas públicas dirigidas a asegurar la sobrevivencia y el desarrollo integral de todos los niños, niñas y adolescentes.
Índice LOPNNA 2015