Artículo 92. Prevención.
Está prohibido vender o facilitar, de cualquier forma, a los niños, niñas y adolescentes:

a) Tabaco.
b) Sustancias estupefacientes y psicotrópicas, incluidos los inhalantes.
c) Sustancias alcohólicas.
d) Armas, municiones y explosivos.
e) Fuegos artificiales y similares.
f) Informaciones o imágenes inapropiadas para su edad.

Parágrafo Único. Se prohíbe a los niños, niñas y adolescentes ingresar a:

a) Bares y lugares similares.
b) Casinos, casas de juegos y lugares donde se realicen apuestas.



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