Artículo 539. Proporcionalidad.
Las sanciones deben ser racionales, en proporción al hecho punible atribuido y a sus consecuencias.
Otros artículos relacionados
Código Civil Artículo 1186
Artículo 539. Proporcionalidad.
Las sanciones deben ser racionales, en proporción al hecho punible atribuido y a sus consecuencias.
Otros artículos relacionados
Código Civil Artículo 1186