LOPNNA Artículo 493-C: Asesoramiento en consentimientos y opiniones para la adopción.
Artículo 493-C. Asesoramiento en consentimientos y opiniones para la adopción A los fines previstos en el literal a) del artículo 493-A, toda persona que tenga conocimiento de algún progenitor o progenitores que se propongan dar en adopción un hijo o hija, debe hacerlo del…
