Artículo 430. DEROGADO.
LOPNNA Artículo 412: Adopción de uno entre varios hijos o hijas del cónyuge.
Artículo 412. Adopción de uno entre varios hijos o hijas del cónyugeCuando un cónyuge solicita la adopción de un solo hijo o hija, entre varios, del otro cónyuge, el juez o jueza debe considerar la conveniencia o no de acordar la adopción, sobre la base de un informe elaborado,…