Códigos Más Vistos en este Libro

Código Penal Artículo 241

Artículo 241. Las penas establecidas en el artículo precedente se reducirán a las dos terceras partes si el culpable del delito especificado se ha retractado de sus imputaciones o si ha revelado la simulación antes de cualquier acto de enjuiciamiento contra la persona…

Código Penal Artículo 240

Artículo 240. El que a sabiendas de que un individuo es inocente, o denunciare o acusare ante la autoridad judicial, o ante un funcionario público que tenga la obligación de transmitir la denuncia o querella, atribuyéndole un hecho punible, o simulando las apariencias o indicios…