Código Civil Artículo 1884 La hipoteca es legal judicial o convencional.
Código Civil Artículo 1881
Código Civil Artículo 1881 Son susceptibles de hipoteca 1º. Los bienes inmuebles, así como sus accesorios reputados como inmuebles. 2º. El usufructo de esos mismos bienes y sus accesorios, con excepción del usufructo legal de los ascendientes. 3º. Los derechos del concedente y del enfiteuta sobre los bienes enfitéuticos.