Código Civil Artículo 1039 Los acreedores y los legatarios pueden hacer fijar un término al heredero para el rendimiento de cuentas.
Sección II : § 3° Del beneficio de inventario, de sus efectos y de las obligaciones del heredero beneficiario
Código Civil Artículo 1023
Código Civil Artículo 1023 La declaración del heredero de que pretende tomar este carácter bajo beneficio de inventario, se hará por escrito ante el Tribunal de Primera Instancia del lugar donde se abrió la sucesión, se publicará en extracto en el periódico oficial o en otro a…