Código Civil Artículo 1033 Si en la herencia se encontraren objetos que no puedan conservarse o cuya conservación sea costosa el heredero, durante los plazos que quedan establecidos podrá hacerse autorizar para venderlos, de la manera que juzgue más conveniente la autoridad judicial.

Sin que se pueda concluir de allí que haya aceptado la herencia.


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Código Civil Artículo 1042 Queda privado igualmente del beneficio de inventario, si vende los bienes muebles de la herencia sin autorización judicial, antes de que hayan transcurrido dos años de la declaración de la aceptación bajo beneficio de inventario; después de este plazo, puede vender los bienes muebles sin ninguna formalidad.

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Código Civil Artículo 1032 Durante el plazo concedido para hacer inventario y para deliberar, el llamado a la sucesión no está obligado a tomar el carácter de heredero.Sin embargo, se le considerará como curador de derecho de la herencia, y con tal carácter se le puede demandar Judicialmente para que la represente y conteste las acciones intentadas contra la herencia. Si no compareciere el Juez…

Código Civil Artículo 1037

Código Civil Artículo 1037 El heredero a beneficio de inventario tiene la obligación de administrar los bienes de la herencia y de dar cuenta de su administración a los acreedores y a los legatarios.No puede compelérsele a pagar con sus propios bienes, sino en el caso de que, estando en mora para la rendición de la cuenta, no satisficiere esta obligación.Después de la liquidación de la cuenta no…

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Código Civil Artículo 1029

Código Civil Artículo 1029 Después de haber terminado el inventario el heredero que no haya hecho la declaración preceptuada en el artículo 1.023, tendrá un plazo de cuarenta días, a contar desde la conclusión del inventario, para deliberar sobre la aceptación o repudiación de la herencia.Pasado este término sin haber hecho su declaración, se le considerará como heredero puro y simple.

Código Civil Artículo 1026

Código Civil Artículo 1026 Cuando haya varios herederos, bastará que uno declare que quiere que la herencia se acepte a beneficio de inventario, para que así se haga.

Código Civil Artículo 1041

Código Civil Artículo 1041 El heredero queda privado del beneficio de inventario, si enajena los inmuebles de la herencia sin autorización judicial.

Código Civil Artículo 1036

Código Civil Artículo 1036 Los efectos del beneficio de inventario consisten en dar al heredero las ventajas siguientes: No estar obligado al pago de las deudas de la herencia ni al de los legados, sino hasta concurrencia del valor de los bienes que haya tomado, y poder libertarse de unas y otras abandonando los bienes hereditarios a los acreedores y a los legatarios.No confundir sus bienes…

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