Más Artículos de este Titulo

Código Civil Artículo 1854

Código Civil Artículo 1854 Las disposiciones precedentes no se oponen a las leyes y reglamentos particulares respecto de materia comercial, agrícola e industrial, y respecto de los establecimientos especialmente autorizados para hacer préstamos sobre prendas.

Código Civil Artículo 1845

Código Civil Artículo 1845 El acreedor es responsable, según las reglas establecidas en el Título de las obligaciones, de la pérdida o del deterioro de la prenda sobrevenidos por su negligencia El deudor debe por su parte reembolsar al acreedor los gastos necesarios que éste haya hecho para la conservación de la prenda

Código Civil Artículo 1839

Código Civil Artículo 1839 Este privilegio no es procedente sino cuando hay instrumento de fecha cierta que contenga la declaración de la cantidad debida así como de la especie y de la naturaleza de las cosas dadas en prenda, o una nota de su calidad peso y medida. Sin embargo, la redacción del contrato por escrito no se requiere sino cuando se trate de un objeto cuyo valor exceda de dos mil…

Código Civil Artículo 1849

Código Civil Artículo 1849 Si la cosa dada en prenda se deteriora o disminuye de valor al extremo de que se tema su insuficiencia para la seguridad del acreedor, éste puede solicitar del Juez competente que se venda en subasta o al precio de bolsa o de mercado, si existen.El deudor prendario puede oponerse a la venta y obtener la restitución de la cosa ofreciendo otra garantía que la reemplace.Si…

Código Civil Artículo 1848

Código Civil Artículo 1848 Si el acreedor abusare de la prenda el deudor podrá pedir que ésta se ponga en secuestro.

Código Civil Artículo 1851

Código Civil Artículo 1851 El deudor prendario puede, en caso de que se presente oportunidad ventajosa para la venta de la cosa dada en prenda, solicitar del Juez que autorice la venta. Si se acordare la autorización, el Juez establecerá las condiciones de la venta y el deposito del precio.

Código Civil Artículo 1850

Código Civil Artículo 1850 El deudor prendario puede igualmente, en caso de deterioro o disminución del valor de la cosa dada en prenda, solicitar del Juez competente que se venda en las mismas condiciones del artículo precedente. Sin embargo si lo prefiere. puede solicitar la restitución de la prenda ofreciendo otra garantía que la reemplace.Si el acreedor objetare la nueva garantía ofrecida, se…

Indice Código Civil