Código Civil Artículo 1432 También es donación la liberalidad hecha por agradecimiento al donatario, o en consideración de sus méritos, o por especial remuneración, así como la que va acompañada de alguna obligación impuesta al donatario.
TÍTULO IV : De la Donación
Código Civil Artículo 1431
Código Civil Artículo 1431 La donación es el contrato por el cual una persona transfiere gratuitamente una cosa u otro derecho de su patrimonio a otra persona que lo acepta.