Venezuela: Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 332:

El orden de prioridad entre los distintos tipos de señales de circulación es el siguiente:

1. Señales y órdenes de las autoridades administrativas de control y vigilancia de tránsito

2. Señalización circunstancial que modifique el régimen normal de utilización de la vía

3. Semáforos

4. Señales verticales de circulación

5. Demarcaciones viales

En el caso de que las prescripciones indicadas por diferentes señales parezcan estar en contradicción entre sí, prevalecerá la prioritaria según el orden a que se refiere este artículo o la más restrictiva si se trata de señales del mismo tipo.



Índice Reglamento LTT