Moto Taxis Artículo 32: Normas para la Incorporación a la circulación.
Para poder incorporarse a la circulación, los conductores y conductoras de motocicletas en general cumplirán las siguientes normas:
1. Mantener la distancia adecuada a todos los lados de la motocicleta.
2. Acercarse a intersecciones y curvas con precaución.
3. Ejecutar la maniobra de adelantamiento por el lado izquierdo, adoptando las medidas de previsión de seguridad para el chequeo de vehículos detrás.
4. Usar las luces de cruce antes del adelantamiento.
5. Mantener las luces encendidas.
6. Colocar la motocicleta de manera que pueda ser vista en ambas direcciones, cuando se estacione al lado de la vía.
7. Utilizar las señales para indicar su desincorporación de la vía.
8. Estacionarse cuidadosamente utilizando los implementos y dispositivos de la motocicleta para tales fines, alejándose lo más posible de la calzada.
9. No ejecutar cambios bruscos de velocidad o dirección.
10. En general, acatar las mismas normas de circulación aplicables a los otros vehículos automotores.