Venezuela: Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 10:

Los vehículos de motor se clasifican en:

1. Motocicletas

2. Automóviles

3. Minibuses

4. Autobuses

5. Vehículos de carga

6. Vehículos especiales

7. Otros aparatos aptos para circular.



Índice Reglamento LTT