Moto Taxis Artículo 11: Prohibiciones.

Queda prohibido en las motocicletas:

1. Usar distintivos en forma tal que impidan leer las placas identificadoras.

2. Dirigir el escape de los gases producto de la combustión hacia la superficie de la calzada o de la acera.

3. Portar objetos, poner escritos o hacer instalaciones de cualquier naturaleza que impidan la visibilidad del conductor o conductora.

4. Usar faros o reflectores de luz roja en la parte delantera de la motocicleta.

5. Usar faros pilotos.

6. Usar sirenas, campanas o pitos de alarma distintos a la bocina original de la motocicleta, salvo en el caso de motocicletas oficiales.

7. Hacer uso de la corneta o bocina en áreas urbanas.

8. Llevar el escape libre.