Moto Taxis Artículo 11: Prohibiciones.
Queda prohibido en las motocicletas:
1. Usar distintivos en forma tal que impidan leer las placas identificadoras.
2. Dirigir el escape de los gases producto de la combustión hacia la superficie de la calzada o de la acera.
3. Portar objetos, poner escritos o hacer instalaciones de cualquier naturaleza que impidan la visibilidad del conductor o conductora.
4. Usar faros o reflectores de luz roja en la parte delantera de la motocicleta.
5. Usar faros pilotos.
6. Usar sirenas, campanas o pitos de alarma distintos a la bocina original de la motocicleta, salvo en el caso de motocicletas oficiales.
7. Hacer uso de la corneta o bocina en áreas urbanas.
8. Llevar el escape libre.