Prohibición de exigir examen médico.
LOTTT Artículo 332.


En ningún caso, el patrono o la patrona exigirá a la mujer aspirante a un trabajo que se someta a exámenes médicos o de laboratorio destinados a diagnosticar embarazo, ni algún otro de similar naturaleza, tampoco podrá pedirle la presentación de certificados médicos con tales fines.
Artículos Relacionados
Más Artículos de este Titulo

LOTTT Artículo 330: Protección de la familia.

Protección de la familia.LOTTT Artículo 330. Los procesos de educación y trabajo se orientaran a la creación de las condiciones materiales, sociales y culturales requeridas para el desarrollo integral de la familia y su comunidad.

LOTTT Artículo 350: Estímulo al turismo social.

Estímulo al turismo social.LOTTT Artículo 350. El Estado en corresponsabilidad con las organizaciones sociales de los trabajadores y trabajadoras, las comunidades, y otras organizaciones del Poder Popular, planificará y desarrollará programas y misiones para el turismo social, la cultura y la recreación que faciliten el pleno disfrute del tiempo libre, el descanso y las vacaciones contribuyendo a…

LOTTT Artículo 345: Descansos por lactancia.

Descansos por lactancia.LOTTT Artículo 345. Durante el período de lactancia, la mujer tendrá derecho a dos descansos diarios de media hora cada uno, para amamantar a su hijo o hija en el Centro de Educación Inicial o sala de lactancia respectiva. Si no hubiere Centro de Educación Inicial con sala de lactancia, los descansos previstos en este artículo serán de una hora y media cada uno.

LOTTT Artículo 336: Descanso pre y post natal.

Descanso pre y post natal.LOTTT Artículo 336. La trabajadora en estado de gravidez tendrá derecho a un descanso durante seis semanas antes del parto y veinte semanas después, o por un tiempo mayor a causa de una enfermedad, que según dictamen médico le impida trabajar. En estos casos, conservará su derecho al trabajo y al pago de su salario, de acuerdo con lo establecido en la normativa que rige…

LOTTT Artículo 341: Vacaciones.

Vacaciones.LOTTT Artículo 341. Cuando el trabajador o la trabajadora solicite inmediatamente después de la licencia de paternidad o del descanso postnatal, según sea el caso, las vacaciones a que tuviere derecho, el patrono o la patrona, estará obligado u obligada a concedérselas.

LOTTT Artículo 351: Máxima protección e inclusión social.

Máxima protección e inclusión social.LOTTT Artículo 351. El Estado en corresponsabilidad con las organizaciones del Poder Popular, desarrollará programas y misiones destinadas a la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, las personas adultas mayores, las personas con discapacidad y las familias, especialmente aquellas que se encuentran en condiciones de pobreza y a fin de…

LOTTT Artículo 346: No discriminación por razones de embarazo.

No discriminación por razones de embarazo.LOTTT Artículo 346. No se podrá establecer diferencia entre el salario de la trabajadora en estado de gravidez o durante el período de lactancia y el de las o los demás que ejecuten un trabajo igual en la misma entidad de trabajo.

LOTTT Artículo 344: Modalidades de cumplimiento del Centro de Educación Inicial.

Modalidades de cumplimiento del Centro de Educación Inicial.LOTTT Artículo 344. Los patronos y las patronas que se encuentren comprendidos y comprendidas en la obligación a que se contrae el artículo anterior, podrán acordar con el ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social: a) La instalación y mantenimiento, a cargo de uno o varios patronos o patronas,…



Índice LOTTT