Códigos Relacionados

Códigos Más Vistos

Sección III : De los Interdictos Prohibitivos

Código Procedimiento Civil Artículo 713

Código Procedimiento Civil Artículo 713 En los casos del artículo 785 del Código Civil, el querellante hará la denuncia ante el Juez competente, expresando el perjuicio que teme, la descripción de las circunstancias de hecho atinentes al caso, y producirá junto con su querella…
Sección III : De los Interdictos Prohibitivos

Código Procedimiento Civil Artículo 712

Código Procedimiento Civil Artículo 712 Es competente para conocer de los interdictos prohibitivos el Juez de Distrito o Departamento del lugar donde esté situada la cosa cuya protección posesoria se solicita, a menos que hubiese en la localidad un Tribunal de Primera Instancia…