COT Artículo 28: Son responsables solidarios por los tributos, multas y accesorios derivados de los bienes que administren, reciban o dispongan: Los padres, los tutores y los curadores de los incapaces y de herencias yacentes. Los directores, gerentes, administradores o representantes de las personas jurídicas y demás entes colectivos con personalidad reconocida. Los que dirijan, administren o…