Venezuela: Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 383:

Las vías se clasifican según su situación y su uso:

1. Según su situación se dividen en urbanas y extraurbanas.

a) Urbanas: aquellas construidas dentro de un área poblada. Se subdividen en calles, avenidas y autopistas urbanas

b) Extraurbanas: aquellas construidas para unir dos o más centros poblados. Se subdividen en autopistas, vías expresas, vías rápidas, carreteras convencionales y otras carreteras.

2. Según su uso se dividen en vías de circulación sencilla, de circulación doble, divididas o no divididas.

a) De circulación sencilla: son aquellas en las cuales el tránsito se mueve en un sólo sentido

b) De circulación doble: aquella en las cuales se mueve simultáneamente en uno y otro sentido

c) Vías divididas: aquellas de circulación sencilla o doble en las cuales las diversas corrientes del tránsito están determinadas por un separador

d) Vías no divididas, aquellas de circulación sencilla o doble sin separador.



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