Venezuela: Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 383:
Las vías se clasifican según su situación y su uso:
1. Según su situación se dividen en urbanas y extraurbanas.
a) Urbanas: aquellas construidas dentro de un área poblada. Se subdividen en calles, avenidas y autopistas urbanas
b) Extraurbanas: aquellas construidas para unir dos o más centros poblados. Se subdividen en autopistas, vías expresas, vías rápidas, carreteras convencionales y otras carreteras.
2. Según su uso se dividen en vías de circulación sencilla, de circulación doble, divididas o no divididas.
a) De circulación sencilla: son aquellas en las cuales el tránsito se mueve en un sólo sentido
b) De circulación doble: aquella en las cuales se mueve simultáneamente en uno y otro sentido
c) Vías divididas: aquellas de circulación sencilla o doble en las cuales las diversas corrientes del tránsito están determinadas por un separador
d) Vías no divididas, aquellas de circulación sencilla o doble sin separador.