Venezuela: Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 236:

La emisión de perturbaciones electromagnéticas, ruidos, gases y demás emanaciones, en las vías públicas, se regulará por las normas que determinen el Ministerio de Transporte y Comunicaciones y el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables.



Índice Reglamento LTT