Venezuela: Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 203:

Son requisitos para la obtención de licencia además de los requisitos establecidos en el artículo 31 de la Ley de Tránsito Terrestre, los siguientes:

1. Saber leer y escribir.

2. Poseer suficientes conocimientos y aptitudes para conducir el tipo de vehículo a cuya licencia de conducir aspira y de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen al tránsito terrestre.

3. Poseer condiciones físicas y psicológicas para conducir el vehículo a cuya licencia se aspira.

4. Aprobar el curso y exámenes correspondientes, según lo dispuesto en la Ley.



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