Venezuela: Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 203:
Son requisitos para la obtención de licencia además de los requisitos establecidos en el artículo 31 de la Ley de Tránsito Terrestre, los siguientes:
1. Saber leer y escribir.
2. Poseer suficientes conocimientos y aptitudes para conducir el tipo de vehículo a cuya licencia de conducir aspira y de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen al tránsito terrestre.
3. Poseer condiciones físicas y psicológicas para conducir el vehículo a cuya licencia se aspira.
4. Aprobar el curso y exámenes correspondientes, según lo dispuesto en la Ley.