Moto Taxis Artículo 40: Definición de Flota de Moto Taxi.
Se entiende como flota de Moto Taxis el conjunto de vehículos tipo motocicleta debidamente registradas, que en cumplimiento de las especificaciones técnicas, físicas y de seguridad establecidas en este Reglamento Parcial, son autorizadas por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, para que el prestador o prestadora del servicio cumpla con la Certificación de Prestación de Servicio en la modalidad individual Moto Taxis otorgada.