SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO.
ARTÍCULO 302. Él o la Fiscal solicitará el sobreseimiento al Juez o Jueza de control cuando, terminado el procedimiento preparatorio, estime que proceden una o varias de las causales que lo hagan procedente. En tal caso, se seguirá el trámite previsto en el artículo 305 de este código.
Código Penal Artículo 390
Artículo 390. En los delitos previstos en los artículos precedentes, el enjuiciamiento no se hará lugar sino por acusación de la parte…
