RLOT Artículo 65. Fijación de los salarios mínimos por el Presidente o Presidenta de la República:
Si vencido el lapso de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la instalación de la Mesa de Diálogo Social de carácter nacional, no se adoptare recomendación alguna, el Ejecutivo Nacional podrá acudir a la modalidad prevista en el artículo 172 de la Ley Orgánica del Trabajo.
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RLOT Artículo 63. Coordinación de la Mesa de Diálogo Social de carácter nacional:Corresponde al Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministro o Ministra del Trabajo, la coordinación de la Mesa de Dialogo Social de carácter nacional y, por tal virtud, deberá ejercer las siguientes funciones:a) Fijar, con suficiente antelación y con conocimiento de sus integrantes, el lugar y oportunidad de las…

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RLOT Artículo 69. Vigencia del Decreto que fije salarios mínimos:Cuando el Ejecutivo Nacional estimare conveniente fijar salarios mínimos, en atención a lo dispuesto en el artículo 172 de la Ley Orgánica del Trabajo y observadas que fueren las consultas a que se refiere dicho artículo, remitirá el respectivo Decreto a la consideración de la Asamblea Nacional, dentro de los cinco (5) días hábiles…


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