Derecho a la participación.
LOTTT Artículo 394.


Todo trabajador afiliado o trabajadora afiliada a una organización sindical tiene el derecho a participar, ser consultado o consultada, y a decidir, a través de la asamblea general, el referéndum o cualquier otro mecanismo establecido en los estatutos a tal efecto, en relación a:
a) La modificación de estatutos.
b) La remoción o sustitución de los y las integrantes de la junta directiva.
c) La rendición de cuentas sobre la administración de los fondos sindicales.
d) La presentación de un proyecto de convención colectiva de trabajo o la celebración de la convención colectiva de trabajo.
e) La introducción de un pliego de peticiones o para acordar su cierre; f) La declaración o suspensión de un conflicto colectivo.
g) La fusión, disolución o liquidación de la organización sindical.
h) Cualquier acto cuya decisión involucre al colectivo de los afiliados y las afiliadas a la organización sindical.
Artículos Relacionados
Más Artículos de este Titulo

LOTTT Artículo 395: Derecho a elegir y ser elegidos.

Derecho a elegir y ser elegidos.LOTTT Artículo 395. Todos los afiliados y todas las afiliadas a una organización sindical tienen el derecho a elegir y reelegir a sus representantes sindicales, así como a postularse y ser elegidos o elegidas como tal en condiciones de igualdad y sin discriminación alguna. El incumplimiento por parte de los afiliados y afiliadas a los aportes o cuotas sindicales no…

LOTTT Artículo 410: Revocatoria del mandato de la junta directiva.

Revocatoria del mandato de la junta directiva.LOTTT Artículo 410. Los estatutos deberán establecer la revocatoria del mandato de la Junta Directiva de la organización sindical mediante referéndum el cual no podrá ser convocado antes de que haya transcurrido más de la mitad del período para el cual fue electa. En caso de resultar aprobada la revocatoria, la Comisión Electoral del proceso…

LOTTT Artículo 388: Obligaciones.

Obligaciones.LOTTT Artículo 388. Las organizaciones sindicales están obligadas a: 1. Comunicar al Registro Nacional de Organizaciones Sindicales dentro de los treinta días siguientes, las modificaciones introducidas en los estatutos y acompañar copias auténticas de los documentos correspondientes. 2. Remitir, dentro de los tres primeros meses de cada año, al Registro Nacional de Organizaciones…

LOTTT Artículo 423: Excepción a la solicitud de calificación previa.

Excepción a la solicitud de calificación previa.LOTTT Artículo 423. Cuando un trabajador o trabajadora haya incurrido en violencia que ponga en peligro la integridad física de otro u otros trabajadores o trabajadoras, del patrono o patrona o de sus representantes, y que pueda constituir un peligro a la seguridad de las personas o de las instalaciones y bienes del centro de trabajo, el patrono o…

LOTTT Artículo 403: Normas electorales que deben contener los estatutos sindicales.

Normas electorales que deben contener los estatutos sindicales.LOTTT Artículo 403. Los procesos electorales de las organizaciones sindicales se regirán conforme a lo establecido en sus estatutos y reglamentos internos. A tal efecto estos deberán indicar con claridad: a) La forma de convocar las elecciones de directivos y demás representantes de la organización sindical. b) La forma de designar a…

LOTTT Artículo 372: Ámbito territorial de actuación.

Ámbito territorial de actuación.LOTTT Artículo 372. Las organizaciones sindicales, según su ámbito territorial de actuación, podrán ser locales, estadales, regionales o nacionales. Se entiende por región el área geográfica conformada por dos o más entidades federales colindantes. La existencia de sindicatos nacionales no podrá interpretarse como excluyente del derecho de los trabajadores de crear…

LOTTT Artículo 365: Objeto.

Objeto.LOTTT Artículo 365. Las organizaciones sindicales tienen carácter permanente y tienen por objeto el estudio, defensa, desarrollo y protección del proceso social de trabajo, la protección y defensa de la clase trabajadora, del conjunto del pueblo, de la independencia y soberanía nacional conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como la defensa y promoción de…

LOTTT Artículo 367: Atribuciones y finalidades de los sindicatos de trabajadores y trabajadoras.

Atribuciones y finalidades de los sindicatos de trabajadores y trabajadoras.LOTTT Artículo 367. Las organizaciones sindicales de trabajadores y trabajadoras tendrán las siguientes atribuciones y finalidades: 1. Garantizar la formación colectiva, integral, continua y permanente de sus afiliados y afiliadas para su desarrollo integral y el logro de una sociedad justa y amante de la paz basada en la…


Índice LOTTT