CAPÍTULO IV : De la Privación de la Patria Potestad
Código Procedimiento Civil Artículo 743
Código Procedimiento Civil Artículo 743 Si se presentare un medio de prueba que constituya presunción grave de la causal invocada por el demandante, el Juez podrá decretar las medidas que considere necesarias para garantizar la protección del menor mientras dure el juicio.