Código Civil Artículo 1699
Código Civil Artículo 1699 El mandante debe reembolsar al mandatario los avances y los gastos que éste haya hecho para la ejecución del mandato, y pagarle sus salarios si lo ha prometido.Si no hay ninguna culpa imputable al mandatario, el mandante no puede excusarse de hacer este reembolso y pago,…
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