Venezuela: Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 220:
Para obtener el Permiso de instructor del curso especial para conductores se requiere:
1. Ser venezolano.
2. Poseer la licencia del grado correspondiente al vehículo cuyo manejo se va a enseñar.
3. Tener una experiencia mínima de cinco (5) años conduciendo vehículos del tipo que se va a enseñar.
4. No haber sido declarado culpable por tribunales de la República, en accidentes con personas fallecidas o lesionadas.
5. Poseer certificado médico y psicológico.
6. Comprobar mediante examen que posee conocimiento sobre las normas que rigen el tránsito y especial suficiencia y cualidades para la enseñanza.
7. Las otras que determine el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.