Venezuela: Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 220:

Para obtener el Permiso de instructor del curso especial para conductores se requiere:

1. Ser venezolano.

2. Poseer la licencia del grado correspondiente al vehículo cuyo manejo se va a enseñar.

3. Tener una experiencia mínima de cinco (5) años conduciendo vehículos del tipo que se va a enseñar.

4. No haber sido declarado culpable por tribunales de la República, en accidentes con personas fallecidas o lesionadas.

5. Poseer certificado médico y psicológico.

6. Comprobar mediante examen que posee conocimiento sobre las normas que rigen el tránsito y especial suficiencia y cualidades para la enseñanza.

7. Las otras que determine el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.



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