Moto Taxis Artículo 23: Definición de conductor.

A los efectos de este Reglamento Parcial se entiende por conductor o conductora: toda persona natural que conduce, maneja o tiene control físico de una motocicleta. Los conductores y conductoras tienen la responsabilidad, en todo momento, de controlar sus motocicletas. Al aproximarse a otros usuarios o usuarias de la vía deberán adoptar las precauciones necesarias para la seguridad de los mismos, especialmente cuando se trate de niños, niñas, ancianos, ancianas, invidentes u otras personas con movilidad limitada o reducida.