Leyes.io
Leyes de Tránsito de #Venezuela
  • Inicio
  • Ley de Tránsito Terrestre
  • Reglamento LTT
  • Reglamento Moto Taxis
    • GacetaOficial.io
    • Biblioteca
    • Constitución de Venezuela
    • Códigos Civiles
    • Códigos Penales
    • Códigos Laborales
    • Código Tributario
    • Código de Comercio
    • LOPNNA
    • Tránsito Terrestre
  • Buscamos Gacetas de Naturalizados
  1. Reglamento Moto Taxis
  2. Moto Taxis TÍTULO II : De las motocicletas y las condiciones generales para su circulación
  3. CAPÍTULO V: De las condiciones generales para la circulación de motocicletas y de las obligaciones de los conductores y conductoras
  4. Moto Taxis Artículo 25: Obligación de respetar los límites de velocidad.

Moto Taxis Artículo 25: Obligación de respetar los límites de velocidad.

Código: CAPÍTULO V: De las condiciones generales para la circulación de motocicletas y de las obligaciones de los conductores y conductoras
  • Obligaciones
  • Velocidad

Moto Taxis Artículo 25: Obligación de respetar los límites de velocidad.

Todo conductor o conductora está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos.


Artículo anterior: Moto Taxis Artículo 24: Prohibición de conducir bajo efectos de sustancias. Anterior Artículo siguiente: Moto Taxis Artículo 26: Obligación de mantener el control de la motocicleta durante la circulación. Siguiente

Indice Motos Taxis
  • Moto Taxis TÍTULO I: Disposiciones Generales
  • Moto Taxis TÍTULO II : De las motocicletas y las condiciones generales para su circulación
    • CAPÍTULO I: Disposiciones Generales
    • CAPÍTULO II: De la tipología de las motocicletas.
    • CAPÍTULO III: De las características técnicas de las motocicletas
    • CAPÍTULO IV: De las placas identificadoras
    • CAPÍTULO V: De las condiciones generales para la circulación de motocicletas y de las obligaciones de los conductores y conductoras
  • Moto Taxis TÍTULO III: Del servicio de transporte de personas en la modalidad individual moto taxis
    • CAPÍTULO I: Disposiciones generales
    • CAPÍTULO II: De la certificación de prestación del servicio
    • CAPÍTULO III: De las obligaciones del prestador del servicio de transporte de personas en la modalidad individual moto taxis
    • CAPÍTULO IV: De la licencia de conducir del prestador del servicio de moto taxis
    • CAPÍTULO V: De la responsabilidad solidaria del propietario o propietaria de vehículos moto taxis y de su conductor o conductora
    • CAPÍTULO VI: De los pasajeros y pasajeras de las motos taxis
    • CAPÍTULO VII: Del equipamiento de las motocicletas para prestar el servicio de transporte de personas en la modalidad individual moto taxis
    • CAPÍTULO VIII: De la placa identificadora del servicio de transporte de personas en la modalidad individual moto taxis
  • Moto Taxis Disposiciones

Recién Vistos
  • RLTT Artículo 416. Hace 1 segundos
  • RLTT Artículo 261. Hace 10 segundos
  • RLTT Artículo 167. Hace 30 segundos
  • LTT Artículo 192: REPARACIÓN DE DAÑOS. Hace 4 minutos
  • LTT Artículo 144: MÉTODOS Y PROCEDIMIENTOS BÁSICOS A SER APLICADOS EN LA FIJACIÓN DE TARIFAS PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE PÚBLICO DE PASAJEROS Y PASAJERAS. Hace 6 minutos
  • RLTT Artículo 383. Hace 7 minutos
  • LTT Artículo 94: COMPETENCIAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL. Hace 9 minutos
  • LTT Artículo 143: FIJACIÓN Y REGULACIÓN DE LAS TARIFAS DEL TRANSPORTE TERRESTRE PÚBLICO DE PASAJEROS Y PASAJERAS. Hace 11 minutos
Artículos Populares LTT
  • LTT Artículo 181: CASOS DE RETENCIÓN DE LOS VEHÍCULOS.
  • LTT Artículo 67: CLASIFICACIÓN DE LAS LICENCIAS PARA CONDUCIR.
  • LTT Artículo 171: SANCIONES LEVES.
  • RLTT Artículo 275.
  • LTT Artículo 169: SANCIONES GRAVES.
  • RLTT Artículo 254.
  • LTT Artículo 73: OBLIGACIÓN DEL CONDUCTOR O CONDUCTORA.
  • LTT Artículo 184: SANCIÓN POR AVISOS PUBLICITARIOS EN VEHÍCULOS DE TRANSPORTE.
Etiquetas Populares
Autobuses Velocidades en Todo Sitio Luces Canal de Motorizados Luces en Horas Nocturnas Automóviles Motocicletas Procedimiento Administrativo Ruidos Contaminantes Luces para Carreteras Luces en Lluvia Proyecciones de Luz Alta y Baja Motorizados Señal Triangular Velocidades en Carreteras Alcohol Vehículos Retención Hombrillo Luces en Niebla Multas Velocidad Teléfono Movil Velocidades en Autopistas Permiso Provisional Minibuses Revisión Técnica Obligaciones Certificado de Conducir Seguridad Vial

Colección Forense y Biblioteca Personal
Telegram: @GacetaOficial Facebook: @GacetaOficial Instagram: @GacetaOficial Linkedin: @GacetaOficial Twitter: @Gaceta_Oficial
© Miguel S. Muñoz @MiguelSMunoz
Experto en Informática Forense y Peritaje Informático
Experticias Informáticas

+58.424.1687216 || +58.412.8035366
Ecuador - Venezuela

PORTALES
GacetaOficial.io || GacetaNaturalizado.com || GacetaOficial.org
GacetaOficialVenezuela.com || GacetaOficialDeVenezuela.com
Leyes.io || BibliaProsperidad.com || Venezuela.to ||ExperticiasInformaticas.com
CÓDIGOS CONCORDADOS
Constitución de Venezuela | Códigos Civiles | Códigos Penales
Código de Comercio | Códigos Laborales | Códigos Tributarios
Tránsito Terrestre | LOPNNA

Nuestras redes sociales