RLOT Artículo 211. Incorporación de los o las Suplentes:
Los o las suplentes llenarán las faltas temporales de los Directores o Directoras Laborales. En el supuesto de falta absoluta, deberá elegirse un nuevo Director o Directora Laboral y su suplente dentro de los treinta (30) días siguientes.
Son causales de falta absoluta la extinción del vínculo laboral; su muerte, inhabilidad por condena penal o civil o la discapacidad total o parcial que inhabilite al Director o Directora Laboral.
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RLOT Artículo 204. Organización de las elecciones de los Directores o Directoras Laborales:Las elecciones de los Directores o Directoras Laborales y sus suplentes, podrá ser organizada, previa notificación al patrono o patrona obligado u obligada y al Inspector o Inspectora del Trabajo de la jurisdicción, por:a) La organización sindical de primer grado que represente a la mayoría de los…

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RLOT Artículo 212. Régimen de dedicación: Los Directores o Directoras Laborales ejercerán sus funciones a tiempo integral o convencional, de acuerdo con lo establecido en las leyes o estatutos, según el caso. A falta de disposición legal o estatutaria, esta determinación la hará el directorio, junta directiva o administradora o consejo de administración respectivo.

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RLOT Artículo 207. Colaboración del patrono o patrona:El patrono o patrona deberá brindar las más amplias facilidades a la Junta Electoral en la ejecución de sus objetivos, siempre que ello no perjudique el normal desenvolvimiento de la actividad productiva.Si el patrono o patrona impidiere u obstaculizare el proceso de elecciones de los Directores o Directoras Laborales, incurrirá en conducta…

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RLOT Artículo 209. Requisito de publicidad: La elección de los Directores y Directoras Laborales deberá ser publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela por el Ministerio del Trabajo, dentro de los quince (15) días siguientes, contados a partir de la participación realizada, conforme a lo previsto en el artículo anterior, constituyendo requisito para la toma de posesión…

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