RLOT Artículo 171. Preclusividad del lapso para decidir:
Si transcurrido el lapso indicado en el artículo que antecede no hubiere pronunciamiento del Inspector o Inspectora del Trabajo, éste o ésta no podrá hacerlo posteriormente y deberá tramitar el pliego conflictivo sin dilación.
Si el Inspector o Inspectora del Trabajo observare el incumplimiento de alguno de los requisitos previstos en el artículo que antecede, lo hará constar por auto motivado que agregará de inmediato al expediente respectivo, en cuyo caso se entenderá que estando a derecho el sujeto colectivo presentante no será menester proceder a su notificación.
Más Artículos de este Titulo

RLOT Artículo 182: Servicios públicos esenciales.

RLOT Artículo 182. Servicios públicos esenciales:A los fines de lo dispuesto en el artículo precedente, son servicios públicos esenciales, con independencia del ente prestador y del título con que actúe, los siguientes:a) Salud;b) Sanidad e higiene pública;c) Producción y distribución de agua potable;d) Producción y distribución de energía eléctrica;e) Producción y distribución de hidrocarburos y sus…

RLOT Artículo 174: Servicio Nacional de Arbitraje y Mediación SENAMED.

RLOT Artículo 174. Servicio Nacional de Arbitraje y Mediación (SENAMED):Con el objeto de propiciar la autocomposición de los conflictos colectivos de trabajo, se organizará el Servicio Nacional de Arbitraje y Mediación (SENAMED) adscrito al Ministerio del Trabajo en cuyo Reglamento Orgánico se determinará, entre otros, su régimen de funcionamiento.A estos fines, las organizaciones sindicales de…

RLOT Artículo 170: Verificación de los requisitos del pliego conflictivo.

RLOT Artículo 170. Verificación de los requisitos del pliego conflictivo:En el día hábil siguiente a la presentación del pliego conflictivo, sin perjuicio de la obligación de transcribirlo o comunicarlo al patrono o patrona por cualquier medio adecuado, el Inspector o Inspectora del Trabajo deberá verificar:a) El cumplimiento de los requisitos que deben observar las solicitudes presentadas ante…

RLOT Artículo 189: Conflictos que afecten servicios públicos: Notificación.

RLOT Artículo 189. Conflictos que afecten servicios públicos. Notificación: Cuando se plantee un conflicto colectivo que pudiere afectar la prestación de servicios públicos, el funcionario o funcionaria del trabajo competente notificará de inmediato al Procurador o Procuradora General de la República; a la Procuraduría del Estado o a Sindicatura Municipal, según que el conflicto interese a las…

RLOT Artículo 173: Improcedencia de excepciones y defensas.

RLOT Artículo 173. Improcedencia de excepciones y defensas:Sólo en la primera reunión de la Junta de Conciliación el patrono o patrona podrá formular alegatos y oponer defensas. El Inspector o Inspectora del Trabajo decidirá dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes. El patrono o patrona no podrá oponer excepciones o defensas sobre aquello que hubiere sido objeto de decisión por parte…

RLOT Artículo 175: Huelga: Definición.

RLOT Artículo 175. Huelga. Definición: La huelga supone la suspensión colectiva de las labores y cualquier otra medida que altere el normal desenvolvimiento del proceso productivo, concertada por los trabajadores y trabajadoras involucrados en un conflicto colectivo de trabajo para la defensa y promoción de sus intereses.

RLOT Artículo 165: Solución de los conflictos colectivos: Autonomía colectiva.

RLOT Artículo 165. Solución de los conflictos colectivos. Autonomía colectiva:El ejercicio de la actividad sindical en la empresa o fuera de ella comprenderá, en todo caso, el planteamiento de conflictos colectivos. Su solución es un derecho de los sujetos a los que se refiere el artículo 114 del Reglamento, en ejercicio de la autonomía colectiva de la cual son titulares.Los conflictos colectivos…

RLOT Artículo 172: Subsanación de errores u omisiones.

RLOT Artículo 172. Subsanación de errores u omisiones: Si el Inspector o Inspectora del Trabajo se hubiere pronunciado sobre el incumplimiento de los requisitos del pliego conflictivo, el sujeto colectivo presentante deberá subsanar los errores u omisiones dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al vencimiento del lapso de decisión concedido al referido funcionario o funcionaria. Si el…


Índice RLOT