RLOT Artículo 176. Titularidad:
Los titulares del derecho de huelga son los trabajadores y trabajadoras, quienes la ejercerán por intermedio de sus organizaciones sindicales o de una coalición, en aquellas empresas donde no hubiere trabajadores y trabajadoras sindicalizados o cuando su número fuere insuficiente para constituir una organización sindical.
Más Artículos de este Titulo

RLOT Artículo 174: Servicio Nacional de Arbitraje y Mediación SENAMED.

RLOT Artículo 174. Servicio Nacional de Arbitraje y Mediación (SENAMED):Con el objeto de propiciar la autocomposición de los conflictos colectivos de trabajo, se organizará el Servicio Nacional de Arbitraje y Mediación (SENAMED) adscrito al Ministerio del Trabajo en cuyo Reglamento Orgánico se determinará, entre otros, su régimen de funcionamiento.A estos fines, las organizaciones sindicales de…

RLOT Artículo 178: Obligación de prestación de servicios de mantenimiento y seguridad de la empresa.

RLOT Artículo 178. Obligación de prestación de servicios de mantenimiento y seguridad de la empresa:De conformidad con el artículo 498 de la Ley Orgánica del Trabajo, la no prestación de los servicios de mantenimiento y seguridad de la empresa durante el ejercicio de la huelga, determina su ilicitud.En los convenios o acuerdos colectivos que se celebren, se establecerá el régimen que regule los…

RLOT Artículo 180: Control judicial posterior a iniciativa de parte.

RLOT Artículo 180. Control judicial posterior a iniciativa de parte: Contra la providencia que fije los servicios de mantenimiento y seguridad de la empresa, podrán los interesados e interesadas ejercer la acción constitucional de amparo, en los términos y condiciones de su Ley, en tutela del derecho de la libertad sindical o de cualquier otro de rango constitucional. La controversia u objeto de…

RLOT Artículo 166: Modos de solución de los conflictos.

RLOT Artículo 166. Modos de solución de los conflictos:Los modos de autocomposición de los conflictos colectivos de trabajo, salvo disposición en contrario de la Ley o de este Reglamento, se preferirán a los de heterocomposición.Son modos de autocomposición:a. La negociación directa entre las partes.b. La conciliación, donde un tercero interviene en la negociación para coadyuvar a las partes a…

RLOT Artículo 190: Información al público usuario.

RLOT Artículo 190. Información al público usuario: En caso de huelgas que afecten gravemente la prestación de servicios públicos, los sujetos colectivos convocantes deberán informar sobre las características de la acción huelgaria, indicando su fecha de iniciación y el horario de prestación de los servicios mínimos indispensables garantizados, si correspondieren. A estos fines, el Ministerio del…

RLOT Artículo 173: Improcedencia de excepciones y defensas.

RLOT Artículo 173. Improcedencia de excepciones y defensas:Sólo en la primera reunión de la Junta de Conciliación el patrono o patrona podrá formular alegatos y oponer defensas. El Inspector o Inspectora del Trabajo decidirá dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes. El patrono o patrona no podrá oponer excepciones o defensas sobre aquello que hubiere sido objeto de decisión por parte…

RLOT Artículo 184: Desacuerdo en la determinación convencional de los servicios mínimos indispensables.

RLOT Artículo 184. Desacuerdo en la determinación convencional de los servicios mínimos indispensables: Si las partes, dentro del lapso mínimo legal establecido para la actuación de la Junta de Conciliación, no convinieren en la determinación de los servicios mínimos indispensables, el Ministro o Ministra del Trabajo los fijará cautelarmente. La providencia del Ministro o Ministra que fije los…


Índice RLOT