Código Procedimiento Civil Artículo 825 Expirado el término de pruebas, el Juez decidirá sobre la procedencia o improcedencia de la oferta y del depósito, dentro del plazo de diez días.
Si el Juez declarare válidos la oferta y el depósito quedará libertado el deudor desde el día del depósito. En la condena en costas se incluirán los gastos ocasionados por el procedimiento de oferta y depósito. En la sentencia el Tribunal hará determinación expresa asignando los intereses devengados por las cantidades de dinero que hayan sido depositadas, a quien corresponda.
Código Procedimiento Civil Artículo 821
Código Procedimiento Civil Artículo 821 El Tribunal se trasladará al lugar donde deba hacerse la oferta y entregará las cosas al acreedor que sea capaz de exigir o aquel que tenga facultad de recibir por él.Del ofrecimiento se levantará un acta que contendrá:1º La indicación de la hora, día, mes, año y lugar en que se ha hecho la oferta.2º El nombre, apellido y domicilio del deudor u oferente y…