Ambiente. Se Prohíbe la Circulación de Bienes Forestales Maderables y No Maderables Provenientes Sólo del Bosque Nativo en el Territorio Nacional Durante el Horario Comprendido desde las 6 00 P.M. hasta las 6 00 A.M. y: Gaceta #39720: 2011
2011: Gaceta 39720: Resolución: Ambiente: Se Prohíbe la Circulación de Bienes Forestales Maderables y No Maderables Provenientes Sólo del Bosque Nativo, en el Territorio Nacional Durante el Horario Comprendido desde las 6: 00 P.M. hasta las 6: 00, A.M. y