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LOPNNA Artículo 592

Artículo 592. Ausencia del o de la querellante La no comparecencia del o de la querellante a la audiencia o su abandono sin autorización del tribunal, dará lugar a la declaración de desistimiento. Otros artículos relacionados CC artículo 1186

LOPNNA Artículo 604

Artículo 604. Requisitos de la sentenciaLa sentencia contendrá:a) Mención del tribunal y la fecha en que se dicta; nombre y apellido del acusado o acusada y los demás datos que sirvan para determinar su identidad personal.b) Enunciación de los hechos y circunstancias que hayan…

LOPNNA Artículo 599

Artículo 599. Nuevas pruebas Excepcionalmente, el tribunal, a petición de parte, podrá ordenar la recepción de nuevas pruebas si, en el curso de la audiencia, surgen como indispensables para el esclarecimiento de los hechos. Otros artículos relacionados CC artículo 1186

LOPNNA Artículo 594

Artículo 594. Declaración del imputado o imputada Una vez constatado que el imputado u imputada comprende el contenido de la acusación y de la defensa, el tribunal le recibirá declaración, advirtiéndole que su silencio no lo perjudicará.Si decide declarar, se le permitirá…

LOPNNA Artículo 595

Artículo 595. Facultades del imputado o imputada En el curso del debate el imputado o imputada podrá hacer todas las declaraciones que considere convenientes, incluso si antes se hubiera abstenido, siempre que se refieran al objeto del debate. El imputado o imputada podrá, en…

LOPNNA Artículo 603

Artículo 603. Condena y acusación La sentencia de condena no podrá sobrepasar el hecho y las circunstancias descritas en el auto de enjuiciamiento o, en su caso, en la ampliación de la acusación.En la sentencia condenatoria el tribunal podrá dar al hecho una calificación…

LOPNNA Artículo 606

Artículo 606. Acta del debateQuien desempeñe la función de secretario o secretaria durante el debate levantará un acta que contendrá, por lo menos, lo siguiente:a) Lugar y fecha de iniciación y finalización de la audiencia, con mención de las suspensiones ordenadas y de las…

LOPNNA Artículo 585

Artículo 585. Fijación del juicio Dentro de los cinco días siguientes a la recepción de las actuaciones, el Presidente o Presidenta de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, fijará la fecha para la celebración del juicio oral, que deberá tener lugar no antes de diez ni…

LOPNNA Artículo 600

Artículo 600. Discusión final y clausura Terminada la recepción de las pruebas, el presidente o presidenta concederá sucesivamente la palabra al o la Fiscal del Ministerio Público, al o la querellante y al defensor o defensora, para que, en ese orden, emitan sus…

LOPNNA Artículo 598

Artículo 598. Contradictorio El juez o jueza o el presidente o presidenta del tribunal, después de interrogar al experto o testigo sobre su identidad personal y las circunstancias necesarias para valorar su testimonio, concederá el interrogatorio a la parte que lo propuso y con…