Otros Articulos

LOPNNA Artículo 376

Artículo 376. Legitimados activosLa solicitud para la fijación de la Obligación de Manutención puede ser formulada por el propio hijo o hija si tiene doce años o más, por su padre o su madre, por quien ejerza su representación, por sus ascendientes, por sus parientes colaterales…

LOPNNA Artículo 380

Artículo 380. Responsabilidad solidariaEl patrono o patrona o quien haga sus veces, los administradores, administradoras, directivos o directivas de las personas jurídicas que tengan a su cargo la administración, depósito o custodia de bienes pertenecientes al obligado u…

LOPNNA Artículo 384

Artículo 384. Competencia judicialCon excepción de la conciliación, todo lo relativo a la fijación, ofrecimiento para la fijación y revisión del monto de la Obligación de Manutención debe ser decidido por vía judicial, siguiendo el procedimiento previsto en el Capítulo VI del…

LOPNNA Artículo 372

Artículo 372. Prorrateo del monto de la obligación El monto de la Obligación de Manutención puede ser prorrateado entre quienes deben cumplirla, cuando éstos se encuentran materialmente impedidos de hacerlo en forma singular.En este caso, los obligados y obligadas pueden acordar…

LOPNNA Artículo 367

Artículo 367. Establecimiento de la Obligación de Manutención en casos especiales.La Obligación de Manutención procede igualmente, cuando:a) La filiación resulte indirectamente establecida, a través de sentencia firme dictada por una autoridad judicial.b) La filiación resulte de…

LOPNNA Artículo 370

Artículo 370. Improcedencia del cumplimiento en especie No puede obligarse al niño, niña o adolescente que requiere la Obligación de Manutención a convivir con quien tiene a su cargo el cumplimiento de dicha obligación, si la Responsabilidad de Crianza corresponde a otra…

LOPNNA Artículo 375

Artículo 375. ConvenimientoEl monto a pagar por concepto de la Obligación de Manutención, así como la forma y oportunidad de pago pueden ser convenidos entre el obligado u obligada y el solicitante o la solicitante. En estos convenios debe preverse lo concerniente al incremento…

LOPNNA Artículo 378

Artículo 378. Prescripción de la obligaciónLa obligación de pagar los montos adeudados por concepto de Obligación de Manutención prescribe a los diez años. Otros artículos relacionadosCC artículo 128CC artículo 282CC artículo 293CC artículo 300

LOPNNA Artículo 381

Artículo 381. Medidas preventivasEl juez o jueza puede acordar cualquier medida preventiva destinada a asegurar el cumplimiento de la Obligación de Manutención, cuando existan en autos elementos probatorios de los cuales puedan extraer una presunción grave del riesgo manifiesto…

LOPNNA Artículo 379

Artículo 379. Carácter de crédito privilegiadoLas cantidades que deba cancelarse por concepto de Obligación de Manutención a un niño, niña o adolescente son créditos privilegiados y gozarán de preferencia sobre los demás créditos privilegiados establecidos por otras leyes. Otros…