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LOPNNA Artículo 70

Artículo 70. Mensajes de los medios de Comunicación acordes con necesidades de los niños, niñas y adolescentes. Los medios de comunicación de cobertura nacional, estadal y local tienen la obligación de difundir mensajes dirigidos exclusivamente a los niños, niñas y adolescentes,…

LOPNNA Artículo 26

Artículo 26. Derecho a ser criado en una familia Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir, ser criados o criadas y a desarrollarse en el seno de su familia de origen. Excepcionalmente, en los casos en que ello sea imposible o contrario a su interés superior,…

LOPNNA Artículo 65

Artículo 65. Derecho al honor, reputación, propia imagen, vida privada e intimidad familiar. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho al honor, reputación y propia imagen. Asimismo tienen derecho a la vida privada e intimidad de la vida familiar. Estos derechos no…

LOPNNA Artículo 42

Artículo 42. Responsabilidad del padre, la madre, representantes o responsables en materia de salud. El padre, la madre, representantes o responsables son los garantes inmediatos de la salud de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren bajo su Patria Potestad,…

LOPNNA Artículo 77

Artículo 77. Información sobre espectáculos públicos, exhibiciones y programas. Los y las responsables de los espectáculos públicos, salas y lugares públicos de exhibición deben fijar, de forma visible en la entrada del lugar, información detallada sobre la naturaleza del…

LOPNNA Artículo 49

Artículo 49. Permanencia del niño, niña o adolescente junto a su padre, madre, representante o responsable. En los casos de internamiento de niños, niñas o adolescentes en centros o servicios de salud, públicos o privados, éstos deben permitir y asegurar condiciones para la…

LOPNNA Artículo 20

Artículo 20. Plazo para la declaración de nacimientosFuera de los casos previstos en el artículo 19, la declaración de nacimiento debe hacerse dentro de los noventa días siguientes al mismo, ante la primera autoridad civil de la parroquia o municipio.En aquellos casos en que el…

LOPNNA Artículo 92

Artículo 92. Prevención. Está prohibido vender o facilitar, de cualquier forma, a los niños, niñas y adolescentes: a) Tabaco. b) Sustancias estupefacientes y psicotrópicas, incluidos los inhalantes. c) Sustancias alcohólicas. d) Armas, municiones y explosivos. e) Fuegos…

LOPNNA Artículo 60

Artículo 60. Educación de niños, niñas y adolescentes indígenas. El Estado debe garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes indígenas regímenes, planes y programas de educación intercultural bilingüe que promuevan el respeto y la conservación de su propia vida cultural,…

LOPNNA Artículo 53

Artículo 53. Derecho a la educación. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho a la educación gratuita y obligatoria, garantizándoles las oportunidades y las condiciones para que tal derecho se cumpla, cercano a su residencia, aun cuando estén cumpliendo medida…