CRBV Artículo 343 La iniciativa de Reforma Constitucional será tramitada por la Asamblea Nacional en la forma siguiente:
El Proyecto de Reforma Constitucional tendrá una primera discusión en el período de sesiones correspondiente a la presentación del mismo.
Una segunda discusión por Título o Capítulo, según fuera el caso.
Una tercera y última discusión artículo por artículo.
La Asamblea Nacional aprobará el proyecto de reforma constitucional en un plazo no mayor de dos años, contados a partir de la fecha en la cual conoció y aprobó la solicitud de reforma.
El proyecto de reforma se considerará aprobado con el voto de las dos terceras partes de los o las integrantes de la Asamblea Nacional.