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Código Civil Artículo 1542

Código Civil Artículo 1542 Si los copropietarios de un fundo no lo han vendido conjuntamente y en totalidad, sino que cada uno ha vendido sólo su parte, pueden ejercer el derecho de retracto separadamente, cada uno por la porción que le corresponda.El comprador no puede obligar al que ejerce la acción de esa manera a que rescate el fundo entero.

Código Civil Artículo 1541

Código Civil Artículo 1541 Cuando varias personas han vendido conjuntamente y por un solo contrato un fundo común, o cuando un solo vendedor ha dejado varios herederos, el comprador no puede ser obligado a consentir rescates parciales. En este caso, si no hay acuerdo entre los vendedores o los herederos, puede cualquiera de ellos verificarlo en totalidad y por su propia cuenta.

Código Civil Artículo 1540

Código Civil Artículo 1540 Si el comprador con el pacto de retracto de una parte indivisa de un fundo se ha hecho adjudicatario del fundo entero por licitación provocada contra él, podrá obligar al vendedor a rescatar todo el fundo, si quisiere hacer uso del retracto.

Código Civil Artículo 1539

Código Civil Artículo 1539 El comprador con pacto de retracto ejerce todos los derechos de su vendedor.La prescripción corre en su favor, tanto contra el verdadero propietario como contra los que pretendan tener hipotecas u otros derechos sobre la cosa vendida.Puede oponer el beneficio de exclusión a los acreedores de su vendedor.

Código Civil Artículo 1545

Código Civil Artículo 1545 Si en el contrato de venta con pacto de retracto se ha estipulado que el vendedor quede como arrendatario o inquilino del fundo, será nula toda cláusula por la cual se pene la falta de pago de pensiones con la pérdida del derecho de rescate.Las pensiones de arrendamiento podrán cobrarse ante el Tribunal competente, según su cuantía, y podrá pedirse la desocupación de la…

Código Civil Artículo 1535

Código Civil Artículo 1535 El derecho de retracto no puede estipularse por un plazo que exceda de cinco años.Cuando se haya estipulado por un tiempo más largo, se reducirá a este plazo.Si no se ha fijado tiempo para ejercer el derecho de retracto, la acción para intentarlo se prescribe por el término de cinco años, contados desde la fecha del contrato.Las disposiciones de este artículo no impiden…

Código Civil Artículo 1544

Código Civil Artículo 1544 El vendedor que hace uso del derecho de retracto, debe reembolsar al comprador no sólo el precio recibido, sino también los gastos y costos de la venta, los de las reparaciones necesarias y los de las mejoras que hayan aumentado el valor del fundo hasta concurrencia del mayor valor que éste tenga. No puede entrar en posesión sino después de haber satisfecho todas estas…

Código Civil Artículo 1537

Código Civil Artículo 1537 El término corre contra toda persona, aun menor, salvo el recurso contra quien haya lugar.

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