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§ 1° De las capitulaciones matrimoniales

Código Civil Artículo 143

Código Civil Artículo 143 Las capitulaciones matrimoniales deberán constituirse por instrumento otorgado ante un Registrador Subalterno antes de la celebración del matrimonio; pero podrán hacerse constar por documento auténtico que deberá ser inscrito en la Oficina Subalterna de…
§ 1° De las capitulaciones matrimoniales

Código Civil Artículo 145

Código Civil Artículo 145 Toda modificación en las capitulaciones matrimoniales, aunque revestida de las formalidades preceptuadas en el artículo anterior, queda sin efecto respecto a terceros, si al margen de los protocolos del instrumento respectivo no se ha anotado la…

Código Civil Artículo 146

§ 1° De las capitulaciones matrimoniales
Código Civil Artículo 146 El menor que con arreglo a la Ley pueda casarse, puede celebrar capitulaciones matrimoniales, así como hacer…

Código Civil Artículo 142

§ 1° De las capitulaciones matrimoniales
Código Civil Artículo 142 Serán nulos los pactos que los esposos hicieren contra las leyes o las buenas costumbres, o en detrimento de los…

Código Civil Artículo 144

§ 1° De las capitulaciones matrimoniales
Código Civil Artículo 144 Para la validez de las modificaciones en las capitulaciones matrimoniales, es necesario que se registren con…

Código Civil Artículo 141

§ 1° De las capitulaciones matrimoniales
Código Civil Artículo 141 El matrimonio, en lo que se relaciona con los bienes, se rige por las convenciones de las partes y por la Ley.

Código Civil Artículo 147

§ 1° De las capitulaciones matrimoniales
Código Civil Artículo 147 Para la validez de las convenciones matrimoniales y de las donaciones hechas con motivo del matrimonio, por quien…